Elecciones en La Rioja: ¿qué pasa si no fui a votar?

El voto es obligatorio para los riojanos con domicilio en la provincia que tengan entre 18 y 70 años: ¿quiénes están exentos? ¿Qué pasa si no voté?

Elecciones: ¿qué pasa si no voto en La Rioja?
Elecciones: ¿qué pasa si no voto en La Rioja?

El calendario electoral tuvo su primera fecha para La Rioja, y este domingo 7 de mayo se eligió al próximo Gobernador. Si bien el voto en Argentina es obligatorio, hay algunas excepciones que habilitan no presentarse en las urnas; pero si no se cumple con alguna de estas condiciones, hay sanciones: ¿de cuánto es la multa por no votar en La Rioja?

En la provincia hubo 302.872 electores habilitados, pero que se presenten el 100% de los votantes es bastante poco probable, y por eso en esta nota te contamos quienes están exentos de votar y cuáles son las sanciones para quienes no cumplan con este deber cívico.

Quiénes están obligados a votar en La Rioja

El voto en La Rioja es obligatorio, al igual que en todo el país, por eso deben acercarse a las urnas todas las personas de entre 18 y 70 años con domicilio en la provincia. Mientras que es optativo para quienes tengan 16 y 17 años o sean mayores de 70 años.

Este domingo 7 de mayo, en La Rioja se elige Gobernador.
Este domingo 7 de mayo, en La Rioja se elige Gobernador.

Quienes están exentos a votar en La Rioja

  • Menores de 18 años de edad y mayores de 70 años de edad.
  • Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
  • Quienes en el día de la elección se encuentren a más de 300 kilómetros del lugar donde deben votar y justifiquen que el alojamiento obedece a motivos razonables. Ese día deben acudir a la autoridad policial más próxima, para que estos le otorguen una certificación escrita que acredite la situación.
  • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto comicial. Deberán ser justificadas por algún profesional médico de los establecimientos públicos provinciales, nacionales y municipales.
  • El personal de organismos y empresas de servicios públicos que, por razones atinentes a su cumplimiento, deba realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso, el empleador o su representante legal comunicará al Tribunal Electoral Provincial la nómina respectiva con 10 días hábiles de antelación a la fecha de elección, expidiendo la pertinente certificación.

¿Qué pasa si no voto en La Rioja?

Si alguna persona, que no está contemplada en los motivos antes enumerados, no vota en La Rioja recibirá una sanción. La misma la establece la Ley Electoral Provincial N° 5139, y quienes no hayan presentado alguna constancia que justifique su ausencia en las urnas, “no podrá sufragar en próximas elecciones provinciales hasta tanto no haya cumplido la sanción prevista en la presente Ley, dispuesta por el Tribunal”.

El Tribunal electoral define cuál es la multa a pagar, y “el importe de las multas que por esta ley se establecen será destinado a un fondo especial que a tal fin llevará el Tribunal Electoral”.